miércoles, 27 de octubre de 2010

Declaración de principios


Declaración de principios

1.      Todo ser humano tiene derecho a una vida digna plena y libre, cualquiera que sea el lugar donde viva, e independientemente de su raza, género, religión, ideología,  posición económica o preferencia sexual.
2.      Los hombres y las mujeres mexicanas tienen derecho a que todos sus hijos disfruten de iguales oportunidades para desarrollar al máximo sus capacidades.
3.      Un Estado que haga viable que el pueblo mexicano se haga dueño de su tiempo y su destino, debe garantizar la propiedad nacional sobre los recursos naturales para su administración, uso y mantenimiento; debe erigirse sobre valores como la  equidad,  la libertad,  la tolerancia, el diálogo, el respeto a la dignidad humana, la corresponsabilidad, y la rendición de cuentas.
4.      La vida democrática del país, no se constriñe a la emisión del voto, sino a la democracia económica, social y cultural, que debe expresarse en todos los aspectos de la vida cotidiana y materializarse en mayores niveles de bienestar material, así como en el enriquecimiento cívico y cultural de la sociedad.
5.      Más allá de las necesarias reformas democráticas que perfeccionen la relación entre gobernantes y gobernados, es necesario socializar la participación en la toma de decisiones públicas.
6.      Las garantías individuales y sociales que la Constitución consagra son irrenunciables y deben ser respetadas.
7.      El pleno respeto a los derechos humanos de los mexicanos y la corresponsabilidad, deben constituir la base primordial para una relación entre gobernantes y gobernados.
8.      La instauración de un régimen político democrático exige el desarrollo de la cultura de la corresponsabilidad, la transparencia y de la rendición de cuentas, que supere las opresivas formas de paternalismo, clientelismo y corrupción que han pervertido a la política mexicana.
9.      La participación ciudadana, informada y apegada a la ley, debe convertirse en el sustento fundamental para la  toma de decisiones del poder público.
10.  El fortalecimiento del Estado tiene que surgir del estricto cumplimiento de la norma constitucional y del reconocimiento del carácter pluriétnico y multicultural de la Nación mexicana. Toda política pública debe estar orientada a la equidad, con reconocimiento a las diferencias.
11.  Los trabajadores manuales e intelectuales del campo y de la ciudad, asalariados y no asalariados, tienen derecho a que su trabajo les permita vivir con dignidad, y a transformar el régimen en el que vivimos, por otro en el que haya una justa distribución de la riqueza.
12.  El Estado debe garantizar que la expresión cultural y artística se realice con entera libertad, y debe reconocer, respetar, rescatar, mantener y difundir las tradiciones y valores culturales de nuestro pueblo.
13.  Las mujeres deben gozar de iguales oportunidades que los varones en el trabajo, en el hogar y en el estudio. El Estado debe ofrecerles  apoyos prestaciones y beneficios adecuados durante la maternidad. 
14.  La niñez merece respeto y protección plena del Estado y de la sociedad. Tengan o no a sus padres, deben recibir alimentación, habitación, vestido y educación. Debe combatirse toda forma de explotación de los menores y castigarse con energía toda forma de abuso.

17.  Los adultos mayores constituyen una de las principales riquezas del país. Por ello, corresponde al Estado retribuirles, mediante los satisfactores materiales necesarios, el esfuerzo que realizaron durante su vida para contribuir al desarrollo social. Debe brindárseles respeto y dignidad y combatirse cualquier forma de discriminación en su contra.
18.  La educación de un pueblo es decisiva para su desarrollo. Debe consolidarse un sistema educativo de carácter integral, en el que los educandos puedan desarrollar sus capacidades físicas, artísticas e intelectuales y reciban una educación obligatoria  laica y gratuita.
19.  Los programas educativos deberán  fortalecer la conciencia de la identidad nacional y de la soberanía, el aprecio por nuestra historia, el amor a la patria y la conciencia y actitud de solidaridad internacional, en el marco de la democracia, la paz y la autodeterminación de los pueblos
20.  La  ciencia y la tecnología son factores para impulsar el desarrollo nacional y la solución de los más ingentes problemas nacionales.   Por ello, el estímulo a la investigación científica es una obligación permanente del Estado y de la sociedad.
21.  El pueblo mexicano tiene derecho a gozar de un medio ambiente sano. Es necesario transformar la actual relación depredadora con la naturaleza por un modelo de desarrollo sustentable, es decir, aquel que satisfaga las necesidades de la presente generación sin comprometer la capacidad y los recursos de las futuras generaciones para satisfacer sus propias necesidades.
22.  Al Estado le corresponde la conducción económica de la nación, la planeación del desarrollo  y el cumplimiento de los compromisos sociales dispuestos en nuestra Constitución, reconociendo la participación del sector privado.
20.  El pueblo mexicano es solidario en la lucha por la paz, la independencia, la autodeterminación, soberanía e integridad territorial de todos los pueblos del mundo.

Plan de acción


Plan de acción

1.      Luchar para que el pueblo, en uso del derecho que en todo tiempo le otorga el artículo 39 de la Constitución, sustituya la actual estructura económica, política y social de México por otra en que la sociedad se estructure sobre bases de equidad y de justicia, sin discriminaciones ni privilegios.
2.      Luchar por la creación del Estado Libre y Soberano número 32 en el territorio actual del Distrito Federal y la modificación de la Constitución de la República para crear el poder legislativo local y los institutos políticos locales para que sus habitantes tengan los  mismos derechos que el resto de los mexicanos.
3.      Impulsar una política económica que considere a la región latinoamericana como un bloque económico con intereses históricos y geográficos que nos unen,  desde la cual es posible proponer una integración mundial equitativa, distributiva, democrática y respetuosa de las diferencias en el grado de desarrollo.
4.      Luchar por la recuperar y fortalecer la vocación agrícola de las zonas al sur del Distrito Federal, por ejemplo aplicando técnicas modernas como la bio-remediación.        
5.      Mantener bajo control del Estado al sector energético y ejecutar una política   fiscal que destine gradual y permanentemente inversión pública para el desarrollo del sector, incluida la generación de energía eléctrica, eólica, hidráulica e hidrogénica.
6.      Diseñar y ejecutar un Plan Nacional de Energéticos que norme el uso racional del petróleo, del gas, del carbón y del uranio para desarrollar la industria nacional, promueva la incorporación creciente de valor agregado al sector energético, y regular para que esos productos estratégicos se exporten como meras materias primas.
7.      La soberanía alimentaria debe ser un eje rector para el desarrollo nacional. La recuperación del crecimiento de este sector,  lograr sostenidamente el equilibrio de la balanza comercial  agropecuaria,  la incorporación de la agricultura campesina  y de las comunidades indígenas y la construcción de un sistema de apoyo financiero que incluya a los sectores productivos mayoritarios, deben ser objetivos estratégicos de la política  de desarrollo rural.
8.      Que crecientes montos de recursos públicos se inviertan en la industrialización del país, en obras y servicios de interés social, eliminando aquellos de carácter suntuario o superfluo para la comunidad.
9.      Luchar para que se implante una política fiscal progresiva, que aplique mayores gravámenes a los sectores sociales cuyos niveles de vida son más altos; que mejore con el principio de la equidad la combinación de impuestos directos e indirectos en los ingresos del Estado; y que aplique la tasa Tobin al capital especulativo.
10.  Luchar para que se establezca un sistema de regulación de cambios y de envíos de capital fuera del país y para que sean gravadas las operaciones en divisas, haciendo que estas actividades contribuyan al erario y al desarrollo nacional.
11.  Luchar para que la inversión extranjera directa que se realiza en México se dirija a la creación de empleos bien remunerados y a la promoción del desarrollo nacional.
12.  Impulsar una cultura empresarial moderna que considere a las empresas como operadoras en favor de la sociedad, generando en ellas responsabilidad comunitaria para que, además de producir bienes y servicios, busquen el bienestar de sus trabajadores y de la comunidad en que actúan como parte de sus funciones rutinarias.
13.  Promover el desarrollo de acciones afirmativas en las políticas públicas, que permitan superar los factores reales que impiden a comunidades y grupos marginados su plena y equitativa incorporación al desarrollo nacional.
14.  Luchar por conquistar la escala móvil de salarios para todos los trabajadores sin excepción, para que se establezca la automática elevación de los mismos ante el alza de los precios.
15.  Luchar porque el gobierno garantice el derecho al trabajo mediante el seguro de desempleo.
16.  Luchar para que desaparezca el apartado “B” del artículo 123 y todos los trabajadores queden incluidos en lo que ahora es el apartado “A”.
17.  Luchar para que el sistema educativo sea efectivamente laico y gratuito en todos sus niveles y para que tenga una orientación nacionalista, científica y democrática, que brinde educación permanentemente actualizada y de calidad, y forme conciencia de los intereses y problemas del pueblo mexicano en los educandos, así como un espíritu de fraternidad hacia los pueblos del mundo y de manera especial hacia los pueblos latinoamericanos.
18.  Luchar por hacer efectiva la libertad ideológica y de opinión, así como el espíritu inquisitivo y crítico que debe caracterizar el ambiente en que se desarrolla toda la enseñanza.
19.  Luchar para que se fortalezcan los centros de investigación científica y tecnológica, para desarrollar la cultura científica entre la sociedad, y para que se estimule, proteja y respeten los derechos del trabajador de la ciencia en todos los aspectos.
20.  Luchar porque se incremente y respete la función crítica de las universidades e institutos de enseñanza superior y para que se eleven sus niveles académicos.
21.  Pugnar porque se adopten las medidas necesarias para que los centros educativos logren contribuir a escolarizar de forma solidaria y equivalente a alumnos con necesidades educativas especiales o procedentes de minorías étnicas.
22.  Luchar porque se imparta educación sobre salud reproductiva en todos los niveles escolares y en el ámbito extraescolar.
23.  Combatir la hegemonía masculina sobre la mujer en todas sus manifestaciones y promover una cultura de equidad entre los géneros.
24.  Luchar por la abolición de toda ley que resulte opresiva para la mujer, para que disfrute efectivamente de sus derechos constitucionales y participe en el trabajo, en la vida cívica, cultural y política del país en igualdad de condiciones que los varones.
25.  Luchar para que se creen guarderías infantiles gratuitas y eficientes que garanticen a las madres trabajadoras buen cuidado y educación eficiente de sus infantes.
26.  Luchar por la organización de las amas de casa en defensa del presupuesto familiar.
27.  Pugnar para que se industrialice y socialice el trabajo doméstico, especialmente en lo que respecta a servicios de lavandería y cocina económica, de manera que no estén sólo al alcance de unos cuantos privilegiados, sino de toda la población trabajadora.
28.  Defender el derecho inalienable que tiene la mujer para concebir en forma libre, voluntaria, consciente y responsable.
29.  Luchar por la instauración, a cargo del Estado y la Sociedad, de un sistema universal de atención y rehabilitación en favor de las personas con discapacidad, que les provea atención médica, medicamentos, prótesis y tratamiento, y que haga efectiva la normatividad en materia de desarrollo urbano y construcción destinada a facilitarles el acceso a edificaciones y al uso de los espacios urbanos.
30.  Luchar porque las comunidades populares sean dotadas de servicios urbanos tales como agua, luz, drenaje, escuelas, transporte, centros de salud, áreas verdes y deportivas, que satisfagan las necesidades de los colonos.
31.  Luchar para que el Estado use las facultades que le concede la Constitución para expropiar los terrenos ocupados por los colonos y entregarlos a éstos, no permitiendo que haya fraccionadores que especulen con los terrenos y se respete el interés general de la sociedad de impedir el crecimiento de las manchas urbanas en detrimento de las áreas de conservación ecológica.
32.   Pugnar por el diseño de programas eficaces de construcción y financiamiento de vivienda popular, que pongan al alcance de las mayorías créditos blandos para adquisición, construcción, ampliación y remodelación de vivienda.
33.  Pugnar por la creación de un Consejo Ambiental de la Zona Metropolitana de la Ciudad de México, que involucre a los gobiernos municipales, delegacionales y estatales de la zona metropolitana de la Ciudad.

Estatutos


Estatutos

Artículo 1. De la denominación, símbolo y colores.
El partido se denominará “Movimiento Libertad”.
El símbolo de Movimiento Libertad es el jeroglífico nahuatl “Ollin”, que significa MOVIMIENTO y simboliza la unión y la lucha.
Los colores de Ciudadanos en Libertad,  son el rojo, el amarillo, el verde y el negro.  Los dos primeros corresponden a cada uno de los brazos del símbolo y el tercero complemento de ambos, el negro corresponde a las líneas que recorren los brazos del “ollín”, que además aparece enmarcado en un rectángulo con esquinas redondeadas, de color blanco, y con la leyenda “Movimiento Libertad”.
Artículo 2. Para ser miembro de Movimiento Libertad se requiere:
I.         Ser ciudadan@ mexican@.
II.      Tener 18 años de edad como mínimo.
III.   Llenar y firmar solicitud de ingreso
IV.   Protestar, cumplir y hacer cumplir la Declaración de Principios, el Programa de Acción y los Estatutos.
V.      Tener un modo honesto de vivir.
Artículo 3. A Movimiento Libertad  pueden incorporarse menores de entre 15 y 18 años como aspirantes,  siempre y cuando cumplan con la fracción IV del artículo segundo.
Artículo 4. L@s miembros de Movimiento Libertad tienen derecho a:
I.            Elegir y ser elect@s para los puestos de dirección de Movimiento Libertad.
II.         Voz y voto en las asambleas de los comités de Movimiento Libertad, de los que forme parte.
III.      Apelar ante la autoridad inmediata superior de  Movimiento Libertad, cuando considere que la sanción que se le aplicó fue injusta y contraria a los principios, programa de acción y estatutos.
IV.      Ser defendido cuando sea víctima de arbitrariedades, atropellos e injusticias por parte de alguna autoridad o de algún miembro u órgano de  Movimiento Libertad.
Artículo 5. Son obligaciones de los miembros de  Movimiento Libertad
I          Pertenecer a un comité de  base y pagar puntualmente sus cuotas.
II         Vigilar y cumplir los acuerdos tomados en las asambleas de los órganos de  Movimiento Libertad.
III       Cumplir con puntualidad y eficacia toda comisión que se les encomiende.
IV       Criticar en las asambleas a los dirigentes o miembros de  Movimiento Libertad que en su opinión no ajusten sus actos a la Declaración de Principios, Programa de Acción, Estatutos y reglamentos internos.
V         Actuar con discreción y no divulgar aquellos asuntos de  Movimiento Libertad que se consideren como secretos.
VI       Concurrir a los centros de formación, educación y cultura y a las asambleas de los comités de  Movimiento Libertad.
VII      Acatar los acuerdos de la mayoría, cuando después de agotada la discusión, se somete a votación el caso en la asamblea.
Artículo 6. Los órganos de  Movimiento Libertad en orden jerárquico son:
La Asamblea Estatal
El Consejo Estatal
El Pleno de Dirigentes
La Asamblea  Delegacional
El Consejo  Delegacional
La Asamblea de Base
El Comité de Base.

En la integración de los órganos de Movimiento Libertad deberá reservarse una plataforma de acción afirmativa de género, que no podrá ser menor al 30 por ciento del total de integrantes del órgano respectivo.
Artículo 7. La Asamblea Estatal es la autoridad máxima de Movimiento Libertad; se integrará con el Consejo Estatal y un delegado por cada Comité,  Delegacional y de base, más un delegado adicional por cada diez miembros que previamente haya registrado cada comité de base.
Artículo 8. Son atribuciones de la Asamblea General:
I.         Establecer la línea política de Movimiento Libertad, de acuerdo con las circunstancias y realidades del país.
II.      Dictaminar respecto del informe de actividades que rinda el Consejo Estatal.
III.   Modificar la Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos, así como la denominación de  Movimiento Libertad.
IV.   Designar o deponer por causas justificadas al Consejo Estatal, o a uno o varios de sus miembros.
V.      Conocer y resolver en definitiva respecto de las resoluciones que el Consejo Estatal hubiera tomado en relación a uno o más integrantes de  Movimiento Libertad.
Artículo 9. La Asamblea Estatal se reunirá cada tres años en forma ordinaria, y en forma extraordinaria cada vez que sea solicitada por el cincuenta por ciento más uno de los Comités Estatales de de  Movimiento Libertad.
Artículo 10. El Pleno de Dirigentes será convocado para resolver sobre cuestiones urgentes; se integrará con el Consejo Estatal, y los Consejos Delegacionales s, o con los representantes que tales órganos designen, y sólo discutirá y acordará sobre los asuntos para los cuales fue convocado.
Artículo 11. Las asambleas ,  delegacionales y de base de Movimiento Libertad tendrán las mismas funciones que la asamblea estatal, pero limitadas a sus respectivas jurisdicciones.
Artículo 12 El Consejo Estatal será el representante de Movimiento Movimiento Libertad en todo el Distrito Federal y estará integrado por los ciudadanos de la mayor experiencia y probidad ética y moral, su numero no será menor a seis y no mayor de quince.
Artículo 13. Los miembros del Consejo Estatal serán electos por la Asamblea Estatal Ordinaria; durarán en su cargo tres años y podrán ser reelectos.
Artículo 15. En caso de ausencia temporal de algún miembro del Consejo Estatal, será sustituido en forma interina por la persona designada por los restantes miembros hasta que se reintegre el titular; cuando la ausencia sea definitiva, el sustituto continuará en el cargo hasta que se reúna la Asamblea Estatal que ratificará o rectificará la designación.
Artículo 16. Los acuerdos se tomarán por mayoría calificada de votos cuando no sea posible lograr la unanimidad y para ello se necesitará la presencia de más del setenta y cinco por ciento de los miembros del Consejo  Estatal.
Artículo 17. Las facultades del Consejo Estatal son las siguientes:
I.                   Convocar a asambleas estatales, ordinarias y extraordinarias y a plenos de  dirigentes.
II.                Dirigir y coordinar los trabajos de  Movimiento Libertad a nivel estatal.
III.             Resolver, de acuerdo con la Declaración de Principios,  Programa de Acción y Estatutos, las controversias que se susciten entre los consejos, comités, dirigentes y miembros de  Movimiento Libertad.
IV.             Mantener oficinas permanentes de  Movimiento Libertad
V.                Vigilar el funcionamiento de los centros de formación, educación y cultura cívica que se establezcan.
VI.             Determinar la línea editorial de las publicaciones impresas y electrónicas de  Movimiento Libertad.
VII.          Nombrar representantes a los actos o invitaciones que considere se deba participar.
VIII.       Programar el presupuesto de gastos de  Movimiento Libertad que haya sido aprobado por el Pleno de Dirigentes.
IX.             Remover de sus cargos a los coordinadores dirigentes cuando así lo consideren necesario.
X.                Nombrar un Coordinador General que podrá ser o no integrante del Consejo Estatal y el cual será parte de los coordinadores dirigentes.
XI.             Nombrar a los coordinadores dirigentes, en quien recaerán las responsabilidades de las diferentes coordinaciones y que estarán integradas por:
                  Un Coordinador General
                  Un Coordinador de Organización
                  Un Coordinador de Finanzas
                  Un Coordinador de Acción Sindical
                  Un Coordinador de Acción Campesina
      Un Coordinador de Acción Juvenil
                  Un Coordinador de Formación Ciudadana
                  Un Coordinador de Difusión y Propaganda
                  Un Coordinador de Promoción Electoral
                  Un Coordinador de Asuntos Jurídicos
                  Un Coordinador de Actas y Acuerdos
Artículo 18. Las facultades del Coordinador General son:
I.                   En coordinación  con el Consejo Estatal, representar a  Movimiento Libertad.
II.                Convocar a reuniones de los coordinadores nacionales y presidirlas.
III.             Acordar con los demás miembros de las coordinaciones la solución de los asuntos que requieran acuerdo colectivo y con cada uno de ellos los que se refieran a los distintos ámbitos de trabajo de  Movimiento Libertad
IV.             Firmar en unión del Coordinador de Organización los nombramientos y credenciales de los miembros y dirigentes de  Movimiento Libertad
V.                Elaborar, en unión de los coordinadores de Organización y  de Finanzas el presupuesto de ingresos y gastos de  Movimiento Libertad.
VI.             Autorizar, en unión del Coordinador de Finanzas, los gastos que se hagan del presupuesto.
VII.          Coordinar y organizar los trabajos de  Movimiento Libertad, en unión del Coordinador de Organización.
VIII.       Designar todos los auxiliares que requieran las necesidades de su cargo.
Artículo 19. Son facultades del  Coordinador de Organización:
I.                   Suplir al Coordinador General en sus faltas temporales.
II.                Turnar los asuntos que se presenten, al Coordinador  que correspondan.
III.             Coordinar y organizar, en unión con el Coordinador General, los trabajos de  Movimiento Libertad.
IV.             Promover la formación de Coordinaciones,  Delegacionales y de Base.
V.                Impulsar la incorporación de nuevos de ciudadanos.
VI.             Llevar una estadística de los miembros de  Movimiento Libertad, así como anotar las altas y bajas que se susciten.
VII.          Designar todos los auxiliares que requieran las necesidades de su cargo.
Artículo 20. Las facultades del Coordinador de Finanzas son:
I.                   Conservar bajo su responsabilidad los fondos de  Movimiento Libertad, que se le encomienden
II.                No pagar ningún recibo sin el visto bueno del Coordinador General.
III.             Promover por todos los medios lícitos el incremento de los fondos de  Movimiento Libertad.
IV.             Llevar los sistemas de contabilidad necesarios y rendir mensualmente un corte de caja del estado de las cuentas del Consejo Estatal.
V.                Suplir al Coordinador de Organización en sus faltas temporales.
VI.             Designar todos los auxiliares que requieran las necesidades de su Coordinación.
Artículo 21. Las facultades del Coordinador de Acción Sindical son:
I.                   Promover la creación y coordinación de centros de politización y organización sindical de los miembros de  Movimiento Libertad
II.                Organizar y promover la acción sindical de  Movimiento Libertad.
III.             Designar todos los auxiliares que requieran las necesidades de su Coordinación.
Artículo 22. Las facultades del Coordinador de Acción Campesina son:
I.   Promover la creación y coordinación de centros de politización y organización agraria de los miembros de  Movimiento Libertad
II.  Organizar y promover la acción agraria de  Movimiento Libertad.
      III  Designar todos los auxiliares que requieran las necesidades de su Coordinación.
Artículo 23. Las facultades del Coordinador de Acción Juvenil son:
I.                   Promover la creación y coordinación de centros de politización y organización sindical de los miembros de  Libertad
II.                Organizar y promover la acción sindical de Movimiento Libertad.
III.             Designar todos los auxiliares que requieran las necesidades de su Coordinación.
Artículo 24. Las facultades del Coordinador de Difusión y Propaganda son:
I.                  Emitir pronunciamientos a nombre de  Movimiento Libertad.
II.               Conducir la relación de Ciudadanos en Libertad con los medios de comunicación masiva.
III.            Coordinar la producción de la propaganda de  Movimiento Libertad.
IV.            Designar todos los auxiliares que requieran las necesidades de su Coordinación.
Artículo 25. Son facultades del Coordinador de Asuntos Jurídicos:
I.                  Representar jurídicamente a  Movimiento Libertad en todos los asuntos que se requieran.
II.               Asesorar a los miembros y organizaciones sociales afines a Movimiento Libertad en materia jurídica.
III.            Dirigir el Despacho de Defensoría Social  Movimiento Libertad.
IV.            Designar todos los auxiliares que requieran las necesidades de su Coordinación.
Articulo 26. Las facultades del Coordinador de Actas y Acuerdos:
I    Levantar las actas de reuniones de las diferentes reuniones.
II  Tomar notas de los acuerdos y vigilar que estos se cumplan, de existir  omisiones deliberadas deberá notificarlo al órgano del cual forme parte.
III Tener bajo su resguardo todos los archivos de  Movimiento Libertad.
IV Designar todos los auxiliares que requieran las necesidades de su Coordinación
Artículo 27. Las facultades del Coordinador de Formación Ciudadana son:
I.                   Promover, crear y coordinar actividades que contribuyan a la formación                                                           ideológica, política y organizativa de los miembros de  Movimiento Libertad.
II.                Organizar reuniones, foros y todo tipo de espacios de reflexión teórica en los que intervengan miembros de  Movimiento Libertad y personalidades destacadas en el ámbito político, económico y social de la comunidad académica y política nacional e internacional.
III.             Organizar cursos, seminarios y talleres sobre temas y/o problemas sociales, económicos y políticos de actualidad.
IV.             Coordinar y programar conjuntamente con la Coordinación de Difusión y Propaganda la publicación de materiales de interés y valor ideológico, político, económico.
V.                Desarrollar Programa de publicaciones que contribuyan a la formación teórico-práctica de los miembros de Ciudadanos en Libertad y respondan a las necesidades sociales y políticas presentes.
Artículo 28. Las facultades del Coordinador de Promoción Electoral
I.                   Organizar, promover y coordinar la formación y actualización de los miembros de  Movimiento Libertad en materia Electoral.
II.                Organizar cursos y reuniones de trabajo sobre temas y problemas electorales.
III.             Desarrollar talleres de capacitación en materia electoral.
IV.             Diseñar Programa de Formación y Promoción Electoral a nivel nacional, local y municipal.
Artículo 29. Los Comités de base son la organización fundamental de lucha de  Movimiento Libertad. Deberán constituirse en centros de trabajo, fábricas, sindicatos, ejidos, comunidades rurales, escuelas, colonias, y barrios. Podrán integrarse con un mínimo de siete miembros.
Artículo 30. Las Coordinaciones,  delegacionales y de base serán los representantes de  Movimiento Libertad dentro de sus respectivas jurisdicciones; tendrán en su ámbito las mismas facultades que el Consejo Estatal y el mismo número de miembros, excepto los comités de base cuya dirección podrá tener menos miembros, según la cantidad de integrantes  que los conformen.
Artículo 31. De las sanciones.
I.                   Todos los miembros de base o dirigentes de  Movimiento Libertad, podrán ser expulsados, suspendidos temporalmente o amonestados, por acuerdo de las asambleas de base, de las coordinaciones delegacionales, o del Consejo Estatal.
II.                Serán expulsados, de acuerdo con la fracción anterior, cuando se les compruebe que realizan una labor facciosa o de grupo; o bien cuando cometan algún fraude a los bienes de  Movimiento Libertad, a sus miembros o a las organizaciones y trabajadores que  Movimiento Libertad patrocine. Serán suspendidos o amonestados temporalmente, cuando no cumplan los acuerdos de las asambleas o violen con frecuencia y sin ninguna justificación las normas estatutarias; la labor facciosa o de grupo consiste en que uno o más miembros o dirigentes de  Movimiento Libertad actúen fuera o dentro de sus organismos para dividirlo deliberadamente o crear desconfianza entre sus miembros.
III.             A todos los acusados se les darán a conocer oportunamente  los cargos hechos en su contra y se les dará toda clase de facilidades para puedan defenderse en la asamblea respectiva que conozca de las acusaciones.
IV.             Todos los acusados tienen derecho a apelar ante la Asamblea Estatal Correspondiente en contra de la sanción impuesta y esta tomara la resolución final definitiva.
Artículos transitorios.
Artículo I.      El presente documento será aprobado en la Asamblea Constituyente de “ Movimiento Libertad”, organizada, promovida y convocada por el Comité Promotor.
           
Artículo II.     El Comité Promotor será el responsable de las acciones para cumplir al Artículo Transitorio I, para lo cual sesionará cuantas veces sea necesario y celebrará reuniones periódicas con los miembros afiliados a  Movimiento Libertad para consultar y acordar las acciones de organización, formación ciudadana, actividades financieras y todas las necesarias para el fin señalado.